Formulario de búsqueda

La Constitución de 1991 y la contratación estatal. Visiones conflictivas y deficiencias en el diseño del Estado Artículo académico uri icon

Abstracto

  • La Constitución de 1991 determinó la obligación al Congreso de la República de expedir un estatuto general de contratación pública, razón por la cual fue expedida la Ley 80 de 1993, la cual buscó otorgar mayor autonomía a las entidades estatales para contratar los bienes y servicios, mediante la formulación de principios generales, que evitaban regular el procedimiento contractual en detalle. Sin embargo, iniciando el siglo XXI, varios organismos internacionales (como la OCDE, Banco Mundial y Fondo Monetario Internacional), consideraron que debido al atraso de las infraestructuras en el mundo y, en particular, en América Latina, era necesario formular nuevas dinámicas contractuales. Desde entonces, los organismos internacionales han tenido una importante injerencia en la regulación del Sistema de Compras Públicas en Colombia (SCPC), mediante el desarrollo de diagnósticos que luego son utilizados en documentos Conpes, directivas presidenciales, decretos y resoluciones, modificando sustancialmente la Ley 80 de 1993, sin que hasta el momento se haya realizado un debate profundo al interior del Congreso sobre el estatuto general de contratación, conforme las modificaciones realizadas sobre el Sistema de Compras Públicas colombiano en las últimas décadas. El presente artículo tiene por objetivo reflexionar sobre las transformaciones que ha sufrido el SCPC y sus efectos en el diseño institucional inicialmente planteado por la Constitución de 1991.
  • The 1991 Constitution established the obligation to the Congress of the Republic to issue a general statute procurement, which is why the Law 80 of 1993 was issued to grant greater autonomy to state agencies to contract goods and services by formulating general principles, which avoided regulating the contractual procedure in detail. However, at the beginning of the 21st century, several international organizations (such as the OECD, the World Bank and the International Monetary Fund) considered that, due to the backwardness of infrastructures in the world and in particular in Latin America, it was necessary to formulate new public procurement dynamics. Since then, international organizations have had significant interference in the regulation of the Public Procurement System in Colombia through the development of diagnoses later used in Conpes documents, presidential directives, decrees and resolutions, substantially modifying Law 80 of 1993. Until now, there has been no in-depth debate within Congress on the general procurement statute, in accordance with the modifications made to the Colombian Public Procurement System (SCPC) in recent decades. This article aims to reflect on the transformations that the SCPC has undergone and their effects on the institutional design initially proposed by the 1991 Constitution.

fecha de publicación

  • 2021-7-14